PORQUE RENOVAR LA MATRICULA DE COMERCIO?

De acuerdo al Código de Comercio en su artículo 411, la matrícula de comercio es una obligación de todo comerciante renovarla año con año; en el caso de personas naturales el mes de su cumpleaños y en las sociedades en el mes que se inscribió la escritura de constitución en el Registro de Comercio.

Según el código de comercio a través de la matricula de comercio se demuestra la calidad de comerciante y la propiedad de la empresa o establecimiento; además, de ser requerida en procesos de negocios con el gobierno o empresas con procedimientos muy esctictos .

Imagen: Tomada de pagina del CNR

Esta obligación para los comerciantes individuales aplica a partir de contar con un activo de $12,000 y en caso de las sociedades aplica para todas independientemente de su activo.

El cálculo de los aranceles, son en función de los activos que la empresa muestra en el Estado de Situación Financiera, el cual debe cumplir con lo regulado por la legislación en materia mercantil.

En caso de no realizarse la presentación en las fechas estipuladas, se debe pagar un recargo como se detalla a continuación

a) Presentación y pago durante los siguientes 30 días e 25% de recargo.

b) Presentación y pago durante los segundos 30 días el 50% de recargo.

c) Presentación y pago a partir de los terceros 30 días el 100% de recargo.

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